El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado en el BOE las especies que estarán exentas de la norma de obligación de desembarque por alta supervivencia durante 2020. La Resolución tiene vigencia durante toda la campaña de pesca de 2020, del 1 de enero al 31 de diciembre.
La liberación de las especies que presenten alta supervivencia y no vayan a ser objeto de retención a bordo se hará de manera inmediata tras la captura, informa el BOE. El Ministerio añade en la norma las especificidades que tendrá que tener la liberación. En el caso de la cigala, se deberán liberar inmediatamente en la misma zona donde han sido capturadas. Las rayas deberán liberarse por debajo de la superficie del mar; para la anchoa, jurel, chicharro y caballa, capturadas en aguas suroccidentales que se capturen con cerco con jareta y vayan a ser liberadas mediante la técnica de «slipping», “la red no deberá haberse izado totalmente a bordo”. Respecto a las conchas de peregrino, almejas, chirlas, cigalas, besugo, bogavante europeo y las langostas capturadas en el mar Mediterráneo se liberarán inmediatamente en la zona donde hayan sido capturadas.
“El uso de la exención por alta supervivencia será obligatorio para pescado que no cumpla con las tallas mínimas contempladas en los reglamentos europeos tanto para el Atlántico como para el Mediterráneo, así como para cuando no se disponga de cuota o ésta haya sido agotada”, informa el organismo.
El listado completo de especies sujetas a exención puede consultarse en nuestra sección de legislación.
Fuente: Industrias Pesqueras